TESTIMONIO: VISTO: La situación imperante, y la permanente demanda de atención de necesidades básicas insatisfechas de menores en situación de riesgo a la Sociedad de Protección a la Infancia, con domicilio en calle 28 Nº 1093, y CONSIDERANDO: Que la misma merece su tratamiento en este Honorable Concejo Deliberante, por tratarse de una Institución totalmente identificada con nuestra localidad, fundada el 3 de diciembre de 1943, reconocida como Entidad de Bien Público, sin fines de lucro, y con su correspondiente Personaría Jurídica, otorgada el 14 de agosto de 1945. Que como su denominación lo indica, atiende las necesidades de los niños en situación de riesgo social, porque sus familiares carecen de recursos económicos, o tener que trabajar sus progenitores y no poder brindarles la atención que merecen, o por ser víctimas de maltrato y/o abuso deshonesto. Que la Institución le brinda a estos pequeños todo tipo de atención, ya sea social, afectiva, alimentarla, sanita- ria y educativa. Que actualmente cuenta con cincuenta y cinco 55) internos, por los que recibe becas desde el Consejo Provincial del Menor y la Familia de la Provincia de Buenos Aires. Que los gastos fijos mensuales ascienden a $ 19.000.- aproximadamente, producto de gastos de personal ( 19 emple- ados $ 13.500), mantenimiento del edificio, gas, alimentos, reme- dios, calzado, ropa, útiles escolares ($ 5.500.-). Que el edificio, de grandes dimensiones, actualmente se halla en proceso de refacción para dividirlo en tres casas, de acuerdo con un mejor funcionamiento para con los niños y con lo oportunamente solicitado desde el Consejo Provincial del Menor y la Familia, con un costo aproximado a los $ 30.000.- Que cuenta con 276 socios que aportan $ 2.- cada uno. Que todo esto es posible gracias a la solidari- dad de la comunidad balcarceña. Que siempre ha sido digno de destacar el traba- jo y la dedicación por parte de las sucesivas Comisiones Directivas, que han llevado a la Institución al sitial que actualmente ocupa en lo referente a la atención de menores en nuestra provincia, en forma totalmente desinteresada. Que la Municipalidad de Balcarce cubre los gas- tos por suministro de agua. Que la Cooperativa de Electricidad General Bal- carce Ltda., cubre los gastos por utilización de energía eléctrica. Que entre los gastos fijos, el que mayor impor- te demanda es el servicio de gas, con un promedio de $ 460.- Que por dicho gasto no se recibe descuento al- guno. Que se han realizado gestiones a fin de obtener la correspondiente exención sin recibir respuesta. Que este Cuerpo considera que la firma Camuzzi Gas Pampeana merecerla atender esta situación en particular, con ca- rácter de excepción, en virtud de lo expuesto. Que si bien la firma Camuzzi podría no contem- plar dentro de las políticas que implementa la reducción o exención de dicho gasto, recomendaríamos a la misma que dicha situación sea tratada con carácter de excepción, atendiendo a lo antes expuesto, lo que seguramente merece un tratamiento especial. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: RESOLUCION Nº 07/01 ------------------- ARTICULO 1.- Solicítase a la firma Camuzzi Gas Pampeana, considere ------------ con carácter de excepción la exención en el pago del servicio de gas al Hogar de la Sociedad de Protección a la Infancia, sito en calle 28 Nº 1093 de nuestra ciudad, atendiendo a la situa- ción expuesta en los considerandos de la presente.------------------ ARTICULO 2.- Elévese copia de la presente a la Comisión Directiva de ------------ la Sociedad de Protección a la Infancia.--------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil uno. FIRMADO: Fabián D. Ridao - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---------------------------------------------------------